C002-2013-CONS : Protección del INDECOPI en cambio de aportaciones en el Sistema Privado de Pensiones

Post date: Mar 26, 2013 9:53:11 PM

"La SBS prorrogó hasta el 31 de mayo el plazo para que los afiliados de las AFP que desean quedarse bajo el actual esquema de cobro de comisión realicen el trámite, esto ante las largas colas que se veían en los exteriores de las administradoras privadas de pensiones.

Frente a la alta demanda, el Indecopi anunció que coordinará con la SBS para que los afiliados sean bien atendidos y su tiempo de espera no sea muy prolongando al momento de hacer el trámite." (1)

COMENTARIO:

Mediante la presente noticia se tiene que el INDECOPI, en la búsqueda de salvaguardar los intereses de los afiliados pertenecientes al sistema privado de pensiones, se encargará de que se lleve de manera correcta el proceso de cambio por parte de los afiliados. La medida tiene por finalidad dejar en claro que no se dejará que no se vulnere el derecho de los afiliados y que, en caso de presentarse problemas o inconvenientes, estos podrán presentar su correspondiente denuncia ante el INDECOPI.

Ahora bien, somos de la opinión que la declaración del INDECOPI únicamente corresponde a una manifestación declarativa de sus funciones, puesto que los usuarios del sistema privado de pensiones siempre podrán recurrir ante el INDECOPI. El artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1045 - Ley Complementaria del Sistema de Protecccion al Consumidor establece que se entiende por comsumidor o usuario a "Las personas naturales que, en la adquisición, uso o disfrute de un bien o contratación de un servicio (...). La presente Ley protege al consumidor que actúa en el mercado con diligencia ordinaria, de acuerdo a las circunstancias.” La finalidad de la manifestación del INDECOPI es dejar claro que supervisaran el tipo de servicio que les brinde a los usuarios para el cambio de sistema de cobro, pero el INDECOPI no podrá influir en problemas que se generen en al ámbito del cobro de pensiones.

Por lo tanto, la manifestación del INDECOPI es meramente declarativa, ya que según norma los afiliados podrán podrán entablar sus denuncia en caso presentarse inconvenientes en caso el servicio de cambio no se preste de manera diligente por parte de las AFP's, pero estos deberán de tener en consideración que únicamente se aplica a casos directamente con el trato directo al usuario - en este caso en el brindarles información - más no sobre asuntos pensionarios.

Mg(c). Jaime Alfieri Li Ojeda

Coordinador del Departamento de Consumidor

EMAE - Estudio Martin Abogados y Economistas.

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(1) http://gestion.pe/tu-dinero/indecopi-supervisara-que-afp-brinden-informacion-adecuada-afiliados-2062334